Vistas de página en total

sábado, 17 de octubre de 2015

CIENCIAS SOCIALES Y REFORMISMO: APUNTES SOBRE LOS GRUNDRISSE



“A menudo la respuesta sólo puede consistir en la crítica del problema
 y la solución sólo puede encontrarse negando el problema mismo.”
Karl Marx

La burguesía piensa de manera fragmentada la sociedad. Basta con revisar una Guía del Estudiante para visualizar cómo concibe la clase dominante en el capitalismo a la organización social: la sociedad es un número de compartimentos separados unos de otros, cada uno de los cuales es estudiado por una ciencia social específica. El auge del individualismo refuerza esta reticencia de la burguesía hacia la totalidad social. Sólo en situaciones de crisis los intelectuales del capitalismo procuran remontarse a la totalidad (Ejemplos: Durkheim y Weber en la sociología clásica; Keynes en la teoría económica), pero aún en esos casos enfrentan la desconfianza de la mayoría de su clase. No es este el lugar para explicar dicha incapacidad de la burguesía; basta con indicar que la fragmentación le resulta útil al momento de eludir la cuestión de la explotación de los trabajadores, tal como veremos más adelante.

El caso de la clase trabajadora es diferente. Por supuesto, en épocas normales el grueso de los integrantes de la clase adopta el punto de vista de la burguesía. Así, los sindicatos se dedican a negociar el precio de venta de la fuerza de trabajo sin cuestionar el sistema social que genera la relación asalariada. Para hacerlo mejor es conveniente limitarse a pensar que los trabajadores cumplen una función particular en la sociedad (importante, necesaria, bla, bla, bla) y no mentar nada parecido a la explotación. Para este tipo de sindicalismo, la fragmentación de lo social es un bien preciado (también las teorías organicistas de la sociedad, pero eso es tema para otro artículo).

No obstante lo anterior, aún en épocas como la nuestra, en que la clase obrera se encuentra a la defensiva, una parte de los trabajadores se resiste a quedar encerrada en los límites del capitalismo. Eso los lleva a cuestionar las bases mismas de la organización capitalista (la propiedad privada de los medios de producción). Para poder hacerlo de manera consecuente requieren de una concepción de la totalidad social. Este es el punto de encuentro entre la política de los trabajadores y el marxismo en tanto teoría de la sociedad.

El Capital  (1867) es una obra esencialmente política. No hay nada novedoso en esta afirmación, pero resulta un tanto extraña en un tiempo en que la producción académica sobre temas sociales se caracteriza por banalizar todas las cuestiones. Fragmentación y banalización son las notas dominantes en las ciencias sociales. El Capital propone una visión completamente diferente de lo social, siendo su relación con las luchas de los trabajadores la clave para comprender esa diferencia. La aplicación del método dialéctico al análisis del proceso económico responde a la necesidad de construir una ciencia de la totalidad social, que supere los enfoques fragmentarios propios de las ciencias sociales. La lucha de la clase trabajadora contra el capitalismo requiere como condición la formulación de una teoría del capitalismo en tanto sistema. Dicha teoría permite la ruptura con los planteos reformistas, que se basan en desgajar tal o cual aspecto del sistema total que es el capitalismo, considerando que ese aspecto es responsable de todos los males del sistema. Por ejemplo, las críticas recurrentes a los bancos, a los que se achaca la culpa de las continuas crisis en el capitalismo contemporáneo, se basan en la mencionada concepción fragmentaria de lo social. Así, cada una de las propuestas de reformar al capitalismo parte de la hipótesis de que es posible separar ese aspecto que se debe reformar de su “conexión interna” con el sistema en su conjunto.

Una de las mejores críticas de Marx al reformismo se encuentra al comienzo de los Grundrisse (1857-1858) (1). Esta obra, un extenso manuscrito publicado recién en 1939-1941, puede ser considerada como una primera versión de El Capital. Fue escrita en medio de la crisis económica de 1857 que, a juicio de Marx, reactivaría al movimiento revolucionario europeo luego de las derrotas de 1848-1849. El pronóstico resultó fallido, pero Marx tuvo la oportunidad de desarrollar sistemáticamente su crítica de la economía política.

Los Grundrisse, si se deja de lado la introducción metodológica (conocida como Einleitung), comienzan con una crítica de un libro de Alfred Darimon sobre la reforma de los bancos (1856). Darimon era un seguidor de las ideas de Proudhon, autor éste con quien Marx seguía debatiendo desde la época de la Miseria de la filosofía (1847). Darimon no le llega ni a los talones, pero supo plantear de un modo claro el punto de vista proudhoniano sobre el tema bancario. Darimon afirma que el sistema bancario, con su política de promover la circulación de oro y plata, no favorece las necesidades de la circulación y constituye, por tanto, un freno a la economía. La solución pasa por la abolición del fondo en metal (oro y plata) y su reemplazo por billetes emitidos por el banco; esa reforma, sumada a la intervención de los bancos sobre la economía (favoreciendo el crédito, etc.), modificaría radicalmente las condiciones de producción.

Marx somete el planteo de Darimon a una crítica minuciosa. No obstante, el núcleo de su crítica no está en los detalles, sino en la refutación de la concepción que subyace a la propuesta de Darimon. El párrafo clave es el siguiente:

“Hemos llegado aquí al problema fundamental, que no tiene ya vinculación con el punto de partida. El problema, se dice, es de naturaleza general: ¿es posible revolucionar las relaciones de producción existentes y las relaciones de distribución a ellas correspondientes mediante una transformación del instrumento de circulación, es decir, transformando la organización de la circulación? Además: ¿es posible emprender una transformación tal de la circulación sin afectar las relaciones de producción y las relaciones sociales que reposan sobre ellas? Si toda transformación en tal sentido de la circulación requiriese a su vez como supuesto previo transformaciones de las otras condiciones de producción y sacudimientos sociales, es evidente que esto refutaría a priori tal doctrina, que propone realizar malabarismos en materia de circulación precisamente para evitar, por un lado, el carácter violento de las transformaciones, y por el otro, para hacer de estas transformaciones mismas no un supuesto, sino viceversa un resultado gradual de la transformación de la circulación. Bastaría la falsedad de esa premisa fundamental para demostrar una incomprensión igual de la conexión interna de las relaciones de producción, de distribución y de circulación.” (p. 45).

El eje del argumento reside en la noción de “conexión interna”. En ella confluyen la dialéctica como método de investigación y la política autónoma de la clase obrera. Como es sabido, Marx sostiene que el proceso de producción es la clave para comprender la organización social, pero dicho proceso es concebido como un conjunto de relaciones sociales y no como una combinación técnica de factores. El punto es fundamental. Si la producción es una combinación más o menos eficiente de factores (medios de producción, trabajo, etc.), se vuelve más sencillo abstraerla del resto de las condiciones sociales. Los medios de producción son “naturalmente” capital, sin que sea pertinente la pregunta de qué condiciones sociales se requieren para que funcionen como tal. De este modo, la propiedad queda excluida del proceso de producción; es, a lo sumo, una condición del mismo, que no se ve modificada por éste. El empresario es propietario de los medios de producción, esto lo faculta para dirigir el proceso, pero ahí termina el papel de la propiedad. El empresario dirige la organización de los factores, eligiendo el procedimiento más eficiente para producir y obtener ganancias. No existe otra relación entre propiedad y producción. Es, pues, una relación externa al proceso laboral. Lo mismo puede decirse respecto al Estado. Éste es el terreno fértil para fragmentar el objeto de la teoría social y para imaginar reformas que modifiquen los rasgos más atroces del capitalismo sin cambiar al sistema social. En este sentido puede afirmarse que las ciencias sociales son reformistas, pues se basan en la mentada fragmentación de la sociedad. Al respecto, hay que tener presente que todo conservador consecuente (y las ciencias sociales tienen por objetivo preservar la sociedad capitalista) es siempre reformista, pues es consciente de que es preciso cambiar algo para que nada cambie.(2)

Al concebir el proceso de producción como un conjunto de relaciones sociales en “conexión interna” con las relaciones de distribución y de circulación, Marx rompe con el esquema de pensamiento propio de las ciencias sociales. La propiedad es la condición y el resultado del proceso, no un factor externo al mismo. Es resultado porque la propiedad se actualiza constantemente como relación social en el proceso de producción. La “conexión interna” indica que todas estas relaciones constituyen la totalidad social, y que cada una de ellas tiene sentido sólo en función del conjunto. Si, como lo hace Darimon, se pretende reformar el sistema bancario como medio para lograr una reforma total de la propiedad, el resultado será insignificante, pues la reforma ignora que ese sistema está moldeado a imagen y semejanza de la producción capitalista.

En palabras de Marx,

“sería necesario examinar (…) si las distintas formas civilizadas del dinero – moneda metálica, papel moneda, moneda de crédito, moneda de trabajo (como forma socialista) – pueden lograr lo que se pretende de ellas sin suprimir la relación misma de producción expresada en la categoría dinero y preguntarse luego si no es por otra parte una exigencia que se niega a sí misma el querer prescindir, a través de la transformación formal de una relación, de las condiciones esenciales de la misma. Las distintas formas del dinero pueden también corresponder mejor a la producción social en los distintos niveles; una puede eliminar inconvenientes para los cuales otra no está madura; pero mientras ellas sigan siendo forma del dinero y mientras el dinero permanezca como una relación de producción esencial, ninguna puede suprimir las contradicciones inherentes a la relación del dinero; cuanto más una forma puede representarlas de modo diferente que otra.” (p. 46).

Las ciencias sociales y el reformismo comparten la misma posición epistemológica: la sociedad debe abordarse de manera fragmentada, procurando ignorar o dejando en segundo plano la cuestión de la totalidad. Por eso no es casualidad que Marx comience su primera versión de El Capital, con una discusión de las ideas del proudhonista Darimon. Para Marx, la crítica de la ciencia burguesa y la crítica de la política del reformismo eran inseparables.

Villa del Parque, sábado 17 de octubre de 2015


NOTAS:

(1)  Marx, Karl. (1997). Elementos fundamentales para una crítica de la economía política: Borrador 1857-1858. México D. F.: Siglo XXI. (Traducción española por Pedro Scaron).


(2)  “Si queremos que todo siga como está, es preciso que todo cambie.” (Tomasi de Lampedusa, Giuseppe, El gatopardo, Barcelona, Noguer, 1963, p. 40.

martes, 13 de octubre de 2015

ROSA LUXEMBURGO Y LA CRÍTICA DEL FETICHISMO JURÍDICO




“¿Cómo se puede suprimir la esclavitud asalariada «legislativamente»,
si la esclavitud asalariada no está expresada en las leyes?
Rosa Luxemburgo

La revolución está fuera de moda. Si bien el capitalismo se manifiesta a diario como un régimen social basado en la explotación de los trabajadores y de la naturaleza por una minoría de propietarios, su dominación no se encuentra cuestionada seriamente en estos días. No es este el lugar para examinar los motivos de esta situación. Basta con indicar que las derrotas de la clase obrera en las décadas de 1970 a 1990 son las principales responsables de este clima de época.

La hegemonía capitalista se expresa en las dificultades que tienen sus adversarios cuando proponen formas alternativas de organización social. Por supuesto, muchos partidos y organizaciones obreras continúan planteando el socialismo como alternativa al capitalismo. Pero sus esfuerzos son poco efectivos. Aún a sabiendas de que se trata de un sistema social que genera pobreza y explotación, la inmensa mayoría de los trabajadores simplemente no concibe que sea posible otra forma de sociedad.

Las organizaciones socialistas tropiezan con esa pared, que es el consenso negativo favorable al capitalismo. Como es lógico, la situación provoca desmoralización. Muchas de ellas han renunciado a la lucha por el socialismo y han pasado a reconocer al capitalismo como el horizonte de todo planteo alternativo. Para estos grupos, la tarea principal consiste en reformar el capitalismo, eliminando en todo caso las formas más aberrantes de explotación.

La aceptación del capitalismo como horizonte político va de la mano, por lo general, con modificaciones significativas en los modos de hacer política. La acción directa de las masas es dejada de lado por la confianza en la vía legislativa como herramienta para modificar las condiciones sociales. El lugar de trabajo y la calle pierden relevancia, en detrimento del Parlamento. La lucha de clases es desplazada por el fetichismo jurídico.

En un artículo anterior hice referencia a la confianza ilimitada en la capacidad de las leyes para transformar a la sociedad. No es una concepción novedosa. El fetichismo jurídico surge una y otra vez en los momentos de derrota de los trabajadores. Cuando queda clausurada la posibilidad de vencer al Estado capitalista, florece la creencia en que es posible transformarlo desde adentro por medio de la sanción de leyes “bondadosas”.

El fetichismo jurídico es tan antiguo como la lucha de la clase obrera contra el capitalismo. Por eso es posible recurrir a los clásicos para criticarlo. Rosa Luxemburgo (1871-1919) formuló una refutación del fetichismo jurídico en su libro Reforma o revolución (1899). (1). La obra está dirigida contra las tesis defendidas por Eduard Bernstein (1850-1932) en Premisas del socialismo (1899) (2). Bernstein, uno de los teóricos más influyentes de la socialdemocracia alemana, había planteado en dicho trabajo una revisión general de la teoría marxista (de allí viene el uso específico del término “revisionismo”, aplicado a la corriente liderada por él); el objetivo del revisionismo era orientar al partido hacia la lucha por reformar al capitalismo, dejando a un lado la lucha revolucionaria.

Luxemburgo aborda el problema de la distinción entre reforma y revolución en el capítulo 8 (La conquista del poder político) de su obra. No es necesario resumir aquí todo el argumento de Rosa Luxemburgo contra Bernstein. Basta con indicar que el segundo sostenía que era preciso sopesar los aspectos buenos y malos tanto de la revolución como de la reforma legislativa, antes de lanzar críticas contra uno u otro. Luxemburgo responde con una observación de índole metodológica: la reforma o la revolución no son instrumentos disponibles en una caja de herramientas aislada de la coyuntura política.

“La reforma legislativa y la revolución no son métodos diferentes de desarrollo histórico que puedan elegirse a voluntad del escaparate de la historia, así como uno opta por salchichas frías o calientes. La reforma legislativa y la revolución son diferentes factores del desarrollo de la sociedad de clases. Se condicionan y complementan mutuamente y a la vez se excluyen recíprocamente, como los polos Norte y Sur, como la burguesía y el proletariado.” (p. 88).

Frente al problema de los caminos para transformar la sociedad capitalista, Bernstein opta por separar la reforma de la revolución, quedándose con la primera. Al hacer esto, obtura la comprensión de la vía para que las reformas sean eficaces.

“Cada constitución legal es producto de una revolución. En la historia de las clases, la revolución es un acto de creación política, mientras que la legislación es la expresión política de la vida de una sociedad que ya existe. La reforma no posee una fuerza propia, independiente de la revolución. En cada período histórico la obra reformista se realiza únicamente en la dirección que el ímpetu de la última revolución, y prosigue mientras el impulso de la última revolución se haga sentir. Más concretamente, la obra reformista de cada período histórico se realiza únicamente en el marco de la forma social creada por la revolución. He aquí el meollo del problema.” (p. 88-89).

Pera explicar la naturaleza del reformismo no alcanza para comprender el atractivo que ejerce éste sobre los militantes anticapitalistas. Calificar de “traidores” a los reformistas oscurece el abordaje de la cuestión, pues una conducta (la traición) que se repite una y otra vez no puede entenderse apelando exclusivamente a las cualidades morales de quienes “traicionan”. La repetición de la “traición” (y la consiguiente eficacia de la misma) implica la existencia de condiciones estructurales que la hacen posible. El fetichismo jurídico es una de esas condiciones que hacen posible el reformismo. Detrás del reformismo se encuentra la creencia en que las leyes son el camino para transformar la sociedad. La fortaleza de esta creencia radica en que las leyes fueron el medio elegido por la burguesía para desarmar el andamiaje jurídico del feudalismo (una vez, por supuesto, que la burguesía hubo alcanzado el poder político).

Luxemburgo desarma la argumentación del reformismo jurídico. Para ello recurre al expediente de mostrar la relación específica entre las leyes y la explotación capitalista. En las sociedades precapitalistas, donde la clase dominante era externa al proceso de producción y se apropiaba el excedente por medios extraeconómicos, el control del Estado era imprescindible para su dominación. Así, la legislación mantenía las diferencias entre los grupos sociales, imponiendo normas rígidas de dependencia personal. Clase dominante, Estado y legislación eran lo mismo. De ahí que la ofensiva de la burguesía contra la legislación feudal tuviera un contenido revolucionario.

En el capitalismo, la burguesía ejerce el control del proceso productivo. Si bien requiere de leyes que protejan la propiedad privada, su posición dominante se orienta en la dirección del proceso económico (que resulta de esa propiedad privada). Por ende, cambia el rol del derecho. Los empresarios necesitan trabajadores libres, es decir, no son sometidos a ninguna relación de dependencia personal (v. gr: la esclavitud).

“¿Qué es lo que distingue a la sociedad burguesa de las demás sociedades de clase, de la sociedad antigua y del orden social imperante en la Edad Media? Precisamente el hecho de que la dominación de clase no se basa en «derechos adquiridos» sino en relaciones económicas reales: el hecho de que el trabajo asalariado no es una relación jurídica, sino exclusivamente económica. En nuestro sistema jurídico no existe una sola fórmula legal para la actual dominación de clases.” (p. 90).

O, dicho de otro modo:

“Ninguna ley obliga al proletariado a someterse al yugo del capitalismo. La pobreza, la carencia de medios de producción, obligan al proletariado a someterse al yugo del capitalismo. Y no hay ley en el mundo que le otorgue al proletariado los medios de producción mientras permanezca en el marco de la sociedad burguesa, puesto que no son las leyes sino el proceso económico los que han arrancado los medios de producción de manos de los explotadores. Tampoco la explotación dentro del sistema de trabajo asalariado se basa en leyes. (…) El fenómeno de la explotación capitalista no se basa en una disposición legal sino en el hecho puramente económico de que en esta explotación la fuerza de trabajo desempeña el rol de una mercancía que posee, entre otras, la característica de producir valor: que excede al valor que se consume bajo la forma de medios de subsistencia para el que trabaja. En síntesis, las relaciones fundamentales de la dominación de la clase capitalista no pueden transformarse mediante la reforma legislativa, sobre la base de la sociedad capitalista, porque estas relaciones no han sido introducidas por las leyes burguesas, ni han recibido forma legal.” (p. 92; el resaltado es mío.).

Si se acepta el análisis de Luxemburgo, el capitalismo no puede ser suprimido por vía legislativa. Las leyes pueden ser muchas cosas, menos un camino de liberación en las condiciones del capitalismo. La persistencia de la explotación capitalista carcome los beneficios que puede traer la legislación.

Villa del Parque, martes 13 de octubre de 2015

NOTAS:

(1)  Todas las citas corresponden a la siguiente edición: Luxemburgo, Rosa. (2012) [1° edición: 1899]. Reforma o revolución. Buenos Aires: Arte Gráfico Editorial Argentino. No se indica el traductor al español.


(2)  Para la descripción de las ideas de Bernstein puede consultarse el viejo clásico: Cole, G. D. H. (1986) [1° edición: 1956]. Historia del pensamiento socialista: III. La Segunda Internacional, 1889-1914. Barcelona: Fondo de Cultura Económica. (Capítulo V, Alemania: La controversia revisionista).